lunes, 29 de septiembre de 2014

En Mendoza ya está en marcha la nueva ley de adopción

El gobernador Francisco Pérez, a través del decreto N° 1.459, puso en marcha la Ley N° 8524 de Adopción. Con esta norma, se otorga institucionalidad al RUA (Registro Único de Adopción) de Mendoza y al Equipo Interdisciplinario de Adopción conformado por Coordinador Provincial y un plantel profesional de psicólogos, trabajadores sociales, médicos y abogados especialistas en el tema. Todos ellos, elegidos por concurso público.

La norma contempla la adhesión a la Dirección Nacional al Registro Único de Aspirantes a Guarda con fines adoptivos. Es por esto que se realizó una jornada al respecto: "Hoy queremos concientizar y reflexionar acerca de la adopción. Un tema delicado en el que intervienen el Poder Judicial y el Ejecutivo y organizaciones que tratan la temática y esta reglamentación permitirá brindar mayor agilidad en los procesos.", manifestó el ministro de Desarrollo Social, Cristian Bassin.

Además permite la creación del Consejo Asesor Mixto de Adopción y Familia (CAMISAF) que tendrá, entre otros objetivos, asesorar al Estado en el diseño de la política pública de medios de comunicación, relacionada con la promoción de la orientación familiar pre y post adopción.

Otro de los puntos importantes es que la ley crea el listado de niños, niñas y adolescentes con situación de adoptabilidad declarada. Este registro, funcionará en el ámbito de la Defensoría General de Derechos de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia. En tanto que el sistema informático al que podrá acceder el Juez, es el sistema compuesto por la Red Federal de Registro de Adopción. "Hay que respetar las situaciones de los chicos por encima de los de los papás, ya que muchos de ellos tienen hermanitos y la idea es justamente no separarlos. Además, los adoptantes deben tener en cuenta que la mayoría tiene más de seis años y muy pocos son bebés, finalizó Bassin.

Por medio del Registro se convocará a los postulantes para participar de reuniones informativas en la Defensoría General de Derechos de la Dinaf. Allí, se les facilitará información sobre la nómina de chicos con situación de adoptabilidad resuelta. Ellos deberán concurrir a la entrevista técnica de admisión y a partir de ahí, obtener la resolución formal de admisión, la que deberá acompañar con la documentación personal requerida.

En cuanto a la celeridad del proceso, los expedientes, ya sean tutelares o de medida de protección excepcional, donde se define la situación de adoptabilidad y el expediente de guarda simple o preadoptiva deberán ser remitidos al Registro en un plazo de cinco días desde el dictado de la sentencia que otorga la adopción, plena o simple del niño, niña o adolescente, a los padres adoptivos.

"Esta reglamentación de la provincia de Mendoza es importante para darle mayor transparencia, eficacia y celeridad a los procedimientos también ponerlo a tono con el registro único de aspirantes para que en toda la República no haya disparidad", sostuvo Marisa Graham, directora Nacional de Promoción y Protección Integral de Derechos de la Secretaria Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.

Además, con la puesta en marcha de esta ley, el RUA tendrá presencia en toda provincia y se ordenará un proceso del que hoy son parte varios actores (jueces de familia, Dinaf y el RUA).

Respecto del funcionamiento del Registro, el Poder Judicial le garantizará a éste las herramientas técnicas e informáticas necesarias para resguardar la información relacionada con el derecho a la identidad del niño, niña o adolescente. En cuanto a las personas menores de edad que hayan sido adoptadas podrán presentarse en forma personal al Juzgado correspondiente o ante el Ministerio Pupilar o directamente al Equipo Interdisciplinario de Adopción y requerir datos sobre su identidad de origen, quienes además serán acompañados en su proceso.

Fuente: http: www.mendozaopina.com

La Quinta Pata

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